He visto a muchos gerentes en Quito y Guayaquil sentados frente al último balance, con la misma pregunta en la mirada: "¿Cómo declaro esta empresa en bancarrota?". El instinto les dice que hay que "cerrar", pero la realidad legal de la liquidación de compañías en Ecuador es más compleja cuando hay deudas que no se pueden pagar.
Su empresa puede estar en una crisis profunda, con cesación de pagos evidente. Si usted intenta una liquidación voluntaria simple en la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) teniendo deudas sin respaldo, está exponiendo su patrimonio personal a ser llamado a responder.
La solución legal es clara y la dicta la ley: Si la compañía no es solvente, el proceso debe ser un Concurso de Acreedores (Liquidación Forzosa) y no una simple disolución y liquidación societaria. Es una obligación legal que le ofrece, paradójicamente, la mayor protección.
Cuando su empresa (una Cía. Ltda., una SAS o cualquier otra) enfrenta pérdidas, usted debe iniciar un proceso de cierre. Pero antes de convocar a la Junta General, debe determinar si es apto para una liquidación voluntaria.
Si es Solvente: Se inicia el proceso de liquidación voluntaria. Esto aplica si los activos alcanzan para cubrir todos los pasivos, incluyendo deudas con el IESS, SRI y bancos. La liquidación voluntaria de una SAS o cualquier compañía se tramita ante la SCVS.
Si es Insolvente: Debe solicitar la apertura del procedimiento concursal de liquidación ante un juez. Esto es obligatorio cuando la empresa ha incurrido en cesación de pagos (no puede cubrir sus obligaciones exigibles).
El Art. 361 de la Ley de Compañías es claro: la decisión de la Junta de General de Socios (o Accionistas) debe ser consecuente con la realidad económica. Evitar el concurso cuando es necesario expone al administrador a graves riesgos.
He defendido a muchos administradores que intentaron "liquidar por su cuenta" y terminaron enfrentando demandas personales. En el contexto ecuatoriano, hay riesgos muy concretos:
Responsabilidad por Insolvencia Fraudulenta: Si usted, sabiendo que la empresa ya no podía pagar, intentó ocultar activos, desviar recursos o simplemente no solicitó el concurso a tiempo, la Ley de Compañías y el Código Penal son severos. He visto a gerentes con prohibiciones de salida del país por no actuar correctamente.
Juicios Coactivos sin Protección: Una liquidación voluntaria no detiene automáticamente un juicio coactivo IESS o SRI. Si no existe un amparo concursal, los organismos públicos seguirán persiguiendo los bienes de la empresa e incluso intentando la derivación de responsabilidad al administrador.
Pasivos Ocultos o Libros Contables Perdidos: La falta de una contabilidad clara y el desconocimiento de las reglas de prelación de créditos Ecuador complican todo. Un liquidador no debe heredar problemas, debe resolverlos.
Cuando la insolvencia es la única realidad, nuestra labor como abogados concursalistas es doble: protegerlo a usted y ordenar la compañía para el Juez.
El Liquidador Societario (Fase previa): Si se inició una disolución y liquidación, el liquidador es quien debe alertar y detener el proceso societario si detecta la insolvencia.
El Juez y el Síndico (Fase Concursal): Al solicitar el procedimiento concursal de liquidación, el Juez asume el control. Esto trae dos beneficios inmediatos:
Detención de Ejecuciones: Se paralizan los embargos y juicios coactivos contra la compañía.
Orden de Pagos: Se nombra un síndico (o liquidador en el concurso) que, bajo supervisión judicial, aplica la prelación de créditos, asegurando que los acreedores sean tratados de forma justa y legal.
De esta forma, la decisión de declararse en quiebra se transforma en un proceso concursal ordenado, que cumple con la ley y lo exime de la responsabilidad penal empresarial derivada de la mala gestión de la crisis.
Tanto si logra una rehabilitación del fallido mediante un concordato preventivo o si culmina en una liquidación forzosa, el proceso termina con la cancelación de la compañía en el Registro Mercantil y la baja definitiva del RUC.
Cerrar una empresa es uno de los actos más difíciles de la vida de un empresario. No es fracaso; es el cierre de un ciclo, y debe hacerse con la misma dignidad y profesionalismo con que se fundó. El camino correcto es el que respeta la ley y le permite iniciar un nuevo proyecto con su patrimonio personal intacto.
Si está dudando entre iniciar una liquidación voluntaria o solicitar el procedimiento concursal de liquidación, necesita asesoría experta. Contáctenos hoy. Somos Liquidaciones Corp Abogados, sus abogados veteranos listos para proteger su patrimonio y asegurar un cierre legal y definitivo en Quito, Guayaquil y todo el Ecuador.
Autor: Abg. Efraín Chávez Mora
Director Legal de LiquidadoresCorp.com
Abogado especialista en Derecho Societario y procesos de Liquidación y Disolución de Empresas en Ecuador. Lidera el equipo que garantiza el cierre legal y eficiente de su compañía.