Por un abogado ecuatoriano veterano en Derecho Societario.
En Ecuador, cada vez más compañías consideran el traslado del domicilio social al extranjero como una alternativa a la liquidación o como parte de su estrategia de expansión internacional. La reforma societaria de 2020–2021 incorporó por primera vez en la Ley de Compañías la figura de la redomiciliación internacional, regulada en los artículos 419C, 419D y 419E.
Pero este mecanismo no es simple. Es un procedimiento quirúrgico que exige balances limpios, acuerdos societarios sólidos y una comprensión profunda de sus efectos fiscales, contables, regulatorios y operativos.
En esta guía SEO optimizada encontrará todo lo que necesita saber para trasladar el domicilio social al extranjero desde Ecuador, explicado con la claridad de quien ha visto empresas migrar… y otras naufragar.
El traslado del domicilio social al extranjero es el acto mediante el cual una empresa ecuatoriana mueve su sede jurídica a otro país sin liquidarse, conservando su personalidad jurídica.
Es diferente de:
abrir sucursales,
constituir una empresa nueva afuera,
o liquidarse en Ecuador para iniciar actividades en otro país.
La compañía permanece viva, pero ahora pertenece al ordenamiento jurídico extranjero.
El traslado solo es posible si el país receptor permite que una empresa extranjera conserve su personalidad jurídica.
Si el país destino NO acepta esta figura, no habrá traslado:
habrá liquidación en Ecuador y constitución en el extranjero.
El artículo 419C es tajante:
Compañías intervenidas
Compañías en liquidación
Compañías en concurso de acreedores
No pueden migrar bajo ningún concepto.
La Junta debe aprobar el traslado con al menos el 75% del capital social y resolver:
Cambiar el domicilio al extranjero, indicando el nuevo país y ciudad.
Declarar que no existen obligaciones pendientes con terceros.
Aprobar el balance final con pasivo cero.
Aceptar la responsabilidad solidaria e ilimitada por omisiones.
Los socios disidentes pueden separarse y exigir el pago de su participación.
Esto puede afectar la liquidez necesaria para completar el traslado.
Consultoría jurídica indispensable: no todos los países aceptan la redomiciliación.
Incluye:
Balance final sin pasivos.
Certificados de no adeudar de:
SRI
IESS
Municipios
Entidades financieras (si aplica)
Debe cumplir todos los requisitos formales estatutarios.
Incluye: acta, declaraciones solemnes, balance final y nuevo domicilio social.
La empresa entra en estado de “migración jurídica”.
Aquí se formaliza la nueva patria jurídica de la empresa.
Tras el registro extranjero se procede a:
cancelar el asiento societario en Ecuador,
cerrar el RUC,
finalizar permisos municipales o sectoriales.
El SRI exige todas las declaraciones y obligaciones al día:
IVA
Retenciones
Impuesto a la Renta
ATS
Anexos varios
Puede haber ajustes tributarios según la estructura del balance final.
Muchos contratos (especialmente bancarios y de arrendamiento) consideran el traslado como causal de terminación.
Dependerá del régimen corporativo local:
Inscripción de redomiciliación
Impuestos y tasas locales
Capital mínimo
Contabilidad con normas locales
Eventuales obligaciones laborales o sectoriales
Permite mantener continuidad jurídica sin liquidarse.
Aumenta opciones para operar en mercados internacionales.
Puede reducir cargas regulatorias o fiscales.
Facilita reorganizaciones corporativas globales.
Requiere pasivo cero.
Exige liquidez para pagar socios que ejerzan el derecho de separación.
Puede activar cláusulas de terminación en contratos.
Implica cumplir normativas fiscales de dos países.
Procesos regulatorios más largos de lo que el empresario imagina.
La empresa opera globalmente.
Existen razones estratégicas para ubicarse en otra jurisdicción.
El país destino ofrece beneficios corporativos.
La empresa está libre de pasivos y conflictos internos.
Existen juicios pendientes.
Hay obligaciones por pagar.
El negocio depende del mercado ecuatoriano.
Los socios no están alineados.
El traslado del domicilio social al extranjero es una herramienta poderosa, pero no es para todos.
Implica cerrar un capítulo jurídico en Ecuador y abrir uno nuevo en otro país, con todas las responsabilidades de una emigración corporativa.
Una compañía no viaja sola: viaja con su historia, sus contratos, sus activos… y los errores que quedaron sin corregirse.
Hágalo bien.
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